El viernes 25 de mayo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Procuraduría General de la República, decidieron hacer público un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación con el fin de echar abajo la reforma que se hizo recientemente en la ciudad de México para ampliar, a nivel local, la causal que despenaliza el aborto.
La PGR justificó: “De conformidad con lo dispuesto por el artículo 105, fracción II, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6°, fracción II, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, corresponde a su titular iniciar las acciones de inconstitucionalidad cuando se advierta que una norma contenida en tratados internacionales, leyes federales, locales o del Distrito Federal, puede contravenir la Constitución Mexicana...sin excepción alguna los criterios que soportan la posición del Procurador son estrictamente técnico – jurídicos, sin atender factores de orden político, económico, social, ético, moral, o de cualquier otra índole...la Procuraduría General de la República analizó el decreto expedido por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el 26 de abril del año en curso, que modifica en el Código Penal para esta entidad federativa la regulación aplicable para el delito de aborto...De su estudio e interpretación se desprende la inconstitucionalidad de las reformas a los artículos 144, 145 y 146 del Código Penal, 16bis-6, párrafo tercero y 16bis-8, último párrafo de la Ley de Salud, ambos para esta entidad federativa, así como el artículo tercero transitorio del propio decreto.”
La CNDH planteó: “Con base en la facultad establecida en el inciso g de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una demanda de acción de inconstitucionalidad contra la reforma a varios artículos del Código Penal del Distrito Federal y de la Ley de Salud del Distrito Federal... El impacto de las reformas rebasa con mucho el ámbito de la Ciudad de México y afecta a los habitantes del país en su conjunto, señala la demanda. Mientras la Constitución establece en su artículo 73, fracción XVI, que corresponde al Congreso de la Unión legislar en materia de salud, las reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal invaden esa competencia federal...En representación legal de la CNDH, su presidente, José Luis Soberanes Fernández, manifiesta, entre los argumentos en que se sustenta la demanda, que las leyes locales impugnadas presentan imprecisiones que han creado duda y confrontación entre los distintos servicios de seguridad social en la Ciudad de México y los del gobierno federal, situación no resuelta que crea espacios de incertidumbre que vulneran el derecho fundamental a la seguridad jurídica...La Comisión Nacional de los Derechos Humanos señala que “el debate sobre esta ley no debe centrarse en factores religiosos, ni en las relaciones entre el Estado y las iglesias, tampoco en la naturaleza del Estado laico. Es un debate que tiene que ver con la constitucionalidad de una reforma a leyes locales que pueden desequilibrar el pacto federal e invadir ámbitos de la soberanía de los estados.”
No es aquí un espacio para desentrañar un debate técnico jurídico. Pero extraña el desdén por no tomar en consideración las motivaciones del decreto de la ALDF y el debate que le acompañó. Definitivamente, estos servidores públicos desideologizados, seguramente purificados antes de recibir la iluminación del domingo de Pentecostés, decidieron hacer tabla rasa del debate previo y solicitaron a la Corte que se hiciera la luz. Se entiende el involucramiento del titular del Poder Ejecutivo, a través de uno de su empleados (Eduardo Medina Mora) en la reapertura de un debate dentro de una agenda nacional que bastante tiene con los expedientes del narcotráfico y el crecimiento económico, pues hay un presidente acotado, con paco margen de maniobra por ostentar un poder hipotecado ante poderes fácticos.
Lo relevante a contrastar es que hay un antes y un después del 26 de abril del 2007 para el Distrito Federal. En el antes había una penalización del aborto que no disuadía la práctica del mismo, su práctica ilegal ponía en riesgo la vida de mujeres, con mayor incidencia si se trataba de mujeres de pocos recursos económicos y expuestas a la extorsión de practicantes inescrupulosos. En el después hay una responsabilidad pública, del Estado en su expresión local, que afirma la libertad de decisión de la mujer sobre su cuerpo y le ofrece un marco de igualdad ante el cual la diferencia entre riqueza y pobreza atenúa sus efectos. El progreso es inocultable, evidente. Los enemigos del progreso también, prefieren convivir con la barbarie de la ilegalidad que campeaba en el antes.
Pero el asunto no para allí, se está en trance de reeditar la confrontación entre el gobierno federal y el de la ciudad de México. Confrontación que tuvo el efecto de exhibir a una sociedad enconadamente dividida, aunque la Conago se apreste este día, en su reunión de Puerto Vallarta, a declarar su solidaridad al presidente Felipe Calderón por el uso del Ejército en la lucha contra el narcotráfico. Aunque más que solidaridad los gobernadores deberían proporcionar información sobre lo que saben del crimen organizado en sus respectivas entidades. Pero no nos extrañe si ese desgarrarse las vestiduras llamado solidaridad, se facture a cambio de no tocar a ningún gobernador que esté asociado con empresas delictivas o haya sido negligente en su expansión, o que la solidaridad sea intercambiada por apoyos fiscales.
Desgraciadamente, los caminos de la justicia son predecibles, su ruta se traza en el ejercicio de administrar privilegios y sellar la desigualdad.
La PGR justificó: “De conformidad con lo dispuesto por el artículo 105, fracción II, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6°, fracción II, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, corresponde a su titular iniciar las acciones de inconstitucionalidad cuando se advierta que una norma contenida en tratados internacionales, leyes federales, locales o del Distrito Federal, puede contravenir la Constitución Mexicana...sin excepción alguna los criterios que soportan la posición del Procurador son estrictamente técnico – jurídicos, sin atender factores de orden político, económico, social, ético, moral, o de cualquier otra índole...la Procuraduría General de la República analizó el decreto expedido por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el 26 de abril del año en curso, que modifica en el Código Penal para esta entidad federativa la regulación aplicable para el delito de aborto...De su estudio e interpretación se desprende la inconstitucionalidad de las reformas a los artículos 144, 145 y 146 del Código Penal, 16bis-6, párrafo tercero y 16bis-8, último párrafo de la Ley de Salud, ambos para esta entidad federativa, así como el artículo tercero transitorio del propio decreto.”
La CNDH planteó: “Con base en la facultad establecida en el inciso g de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una demanda de acción de inconstitucionalidad contra la reforma a varios artículos del Código Penal del Distrito Federal y de la Ley de Salud del Distrito Federal... El impacto de las reformas rebasa con mucho el ámbito de la Ciudad de México y afecta a los habitantes del país en su conjunto, señala la demanda. Mientras la Constitución establece en su artículo 73, fracción XVI, que corresponde al Congreso de la Unión legislar en materia de salud, las reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal invaden esa competencia federal...En representación legal de la CNDH, su presidente, José Luis Soberanes Fernández, manifiesta, entre los argumentos en que se sustenta la demanda, que las leyes locales impugnadas presentan imprecisiones que han creado duda y confrontación entre los distintos servicios de seguridad social en la Ciudad de México y los del gobierno federal, situación no resuelta que crea espacios de incertidumbre que vulneran el derecho fundamental a la seguridad jurídica...La Comisión Nacional de los Derechos Humanos señala que “el debate sobre esta ley no debe centrarse en factores religiosos, ni en las relaciones entre el Estado y las iglesias, tampoco en la naturaleza del Estado laico. Es un debate que tiene que ver con la constitucionalidad de una reforma a leyes locales que pueden desequilibrar el pacto federal e invadir ámbitos de la soberanía de los estados.”
No es aquí un espacio para desentrañar un debate técnico jurídico. Pero extraña el desdén por no tomar en consideración las motivaciones del decreto de la ALDF y el debate que le acompañó. Definitivamente, estos servidores públicos desideologizados, seguramente purificados antes de recibir la iluminación del domingo de Pentecostés, decidieron hacer tabla rasa del debate previo y solicitaron a la Corte que se hiciera la luz. Se entiende el involucramiento del titular del Poder Ejecutivo, a través de uno de su empleados (Eduardo Medina Mora) en la reapertura de un debate dentro de una agenda nacional que bastante tiene con los expedientes del narcotráfico y el crecimiento económico, pues hay un presidente acotado, con paco margen de maniobra por ostentar un poder hipotecado ante poderes fácticos.
Lo relevante a contrastar es que hay un antes y un después del 26 de abril del 2007 para el Distrito Federal. En el antes había una penalización del aborto que no disuadía la práctica del mismo, su práctica ilegal ponía en riesgo la vida de mujeres, con mayor incidencia si se trataba de mujeres de pocos recursos económicos y expuestas a la extorsión de practicantes inescrupulosos. En el después hay una responsabilidad pública, del Estado en su expresión local, que afirma la libertad de decisión de la mujer sobre su cuerpo y le ofrece un marco de igualdad ante el cual la diferencia entre riqueza y pobreza atenúa sus efectos. El progreso es inocultable, evidente. Los enemigos del progreso también, prefieren convivir con la barbarie de la ilegalidad que campeaba en el antes.
Pero el asunto no para allí, se está en trance de reeditar la confrontación entre el gobierno federal y el de la ciudad de México. Confrontación que tuvo el efecto de exhibir a una sociedad enconadamente dividida, aunque la Conago se apreste este día, en su reunión de Puerto Vallarta, a declarar su solidaridad al presidente Felipe Calderón por el uso del Ejército en la lucha contra el narcotráfico. Aunque más que solidaridad los gobernadores deberían proporcionar información sobre lo que saben del crimen organizado en sus respectivas entidades. Pero no nos extrañe si ese desgarrarse las vestiduras llamado solidaridad, se facture a cambio de no tocar a ningún gobernador que esté asociado con empresas delictivas o haya sido negligente en su expansión, o que la solidaridad sea intercambiada por apoyos fiscales.
Desgraciadamente, los caminos de la justicia son predecibles, su ruta se traza en el ejercicio de administrar privilegios y sellar la desigualdad.
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